FERIADOS DE LOS OBREROS
p Adem�s de reglamentar la jornada de trabajo, la nueva ley contiene tambi�n otras disposiciones acerca del descanso obligatorio de los obreros los domingos y d�as feriados. Los escritorzuelos rastreros que tanto abundan entre los periodistas rusos, se han apresurado ya a¡ poner por las nubes el humanitarismo de nuestro gobierno por esta causa. M�s adelante veremos que, en la pr�ctica, esta humanitaria ley tiende a limitar los d�as feriados de los obreros. Pero examinemos antes las disposiciones generales relativas al descanso dominical y en d�as feriados. Se�alemos, en primer lugar, que los fabricantes de Petersburgo solicitaron hace ya 14 a�os (en 1883) la implantaci�n de una ley que reglamentar� dichos feriados. Esto significa que tambi�n en este caso el gobierno ruso se limit� a frenar y dar largas al asunto, y se opuso a la reforma cuanto pudo. De acuerdo con la ley, todos los domingos y 14 d�as feriados, son de descanso obligatorio, y de los cuales hablaremos m�s adelante con mayor detalle. La ley no prohibe totalmente trabajar en esos d�as, pero su autorizaci�n depende de las siguientes circunstancias: primero, “el acuerdo mutuo" entre el fabricante y los obreros es imprescindible; segundo, se permite trabajar en d�a feriado “a cambio de uno h�bil”; tercero, ser� comunicado inmediatamente a la Inspecci�n de Trabajo el acuerdo concertado sobre la sustituci�n de un d�a feriado por otro h�bil. Por lo tanto, seg�n la ley, el trabajo en d�a feriado no puede disminuir en modo alguno la cantidad de d�as de descanso, pues el fabricante est� obligado a compensar el feriado trabajado con un d�a h�bil libre. Los obreros deben tener presente en todo momento este requisito, as� como tambi�n que la ley requiere el acuerdo entre el fabricante y los obreros. En otras palabras, los obreros pueden negarse siempre a esa sustituci�n con pleno fundamento legal, y el fabricante no tiene derecho a obligarlos a ello. En la pr�ctica, como es natural, tambi�n en este caso el fabricante puede coaccionar a los obreros de la siguiente manera: pedir� el consentimiento a cada uno por separado, y el obrero no se negar� por temor a ser despedido; este m�todo del fabricante es ilegal claro est� pues la ley exige el acuerdo de los ciceros es decir, de todos los obreros juntos. 283 ¿Pero c�mo pueden todos los obreros de una f�brica (a veces varios centenares y aun millares, diseminados por muchos sitios) expresar su com�n acuerdo? La ley no lo, indica, y una vez m�s pone en manos de los fabricantes un medio para oprimir a los obreros. Mas �stos tienen un recurso para impedir esa opresi�n: exigir en cada caso la elecci�n de sus delegados para entregar al patrono la decisi�n com�n de todos. Pueden basar en la ley esa exigencia, pues la misma habla del acuerdo de todos los obreros, y todos no pueden hablar al mismo tiempo con el patrono. La instituci�n de delegados elegidos por los obreros ser�, en general, muy provechosa y les servir� para vincularse en otras oportunidades con el fabricante y con la oficina, ya que es muy dif�cil, y con frecuencia casi imposible, a cada obrero separadamente formular sus reivindicaciones, demandas, etc. Con respecto a los obreros “de otras creencias”, la ley estipula que se los “autoriza” a no incluir en el calendario de feriados los d�as que no son tales en su relaci�n. Pero en cambio hay d�as que son feriados para los cat�licos y no para los ortodoxos. La ley no habla de ello, y por consiguiente procura oprimir a los obreros no ortodoxos. Pero con los no cristianos es m�s rigurosa aun: seg�n la ley, “se les permite" considerar feriados otros d�as de la semana en lugar de los domingos. ¡S�lo “se les permite"! Nuestro cristiano gobierno persigue tan salvajemente a las personas que no pertenecen a la religi�n oficial, que tambi�n en este terreno es posible que intente oprimir a los no cristianos con la vaguedad de la ley, la que, por su parte, es muy confusa al respecto. Hay que comprenderla en el sentido de que un d�a por semana debe ser obligatoriamente de descanso y que lo �nico que se permite es sustituir el domingo por otro d�a. Pero la religi�n “dominante” es indulgente s�lo con los “se�ores”, pues cuando se trata del obrero no pierde la ocasi�n de inventar toda clase de intrigas. Veamos qu� feriados obligatorios incluye el calendario. Porque est� bien hablar de implantar el descanso dominical y en d�as feriados, aunque en la pr�ctica era habitual hasta hoy que en la mayor�a de los casos, los obreros no trabajaran ni los domingos ni los d�as feriados. Pero la ley puede establecer los d�as feriados de tal modo que el n�mero de los que considere obligatorios resulte muy inferior al de los feriados ordinarios. Y eso es, precisamente, lo que hizo nuestro cristiano gobierno en la nueva ley. Estipula 66 d�as feriados obligatorios al a�o: 52 284 domingos, 8 feriados fijos (1 y 6 de enero, 25 de marzo, 6 y 15 de agosto, 8 de setiembre, 25 y 26 de diciembre) y 6 movibles (viernes y s�bado de Semana Santa, lunes y martes de Pascua, la Ascenci�n y Pentecost�s). ¿Pero cu�ntos feriados ordinarios por a�o exist�an hasta ahora en nuestras f�bricas? Los datos exactos de que disponemos sobre el particular se refieren a las provincias de Mosc� y Smolensk, y afectan s�lo a algunas f�bricas.
Pero como la diferencia entre las distintas f�bricas y aun entre ambas provincias no es muy grande, los datos citados sirven perfectamente para apreciar el verdadero significado de la nueva ley. Los relativos a la provincia de Mosc� abarcan 47 grandes f�bricas, con un total de m�s de 20.000 obreros. En las manufacturas la cantidad habitual de feriados anuales es de 97, y en las f�bricas mecanizadas, de 98. La cantidad menor de feriados por a�o es de 78: �stos se respetan en todas las f�bricas investigadas sin excepci�n. Con referencia a la provincia de Smolensk, hay datos de 15 f�bricas con unos cinco o seis mil obreros. El promedio de d�as feriados al a�o es de 86 es decir, casi tantos como en la provincia de Mosc�; el menor n�mero de feriados—75—fue comprobado en una sola f�brica. En las empresas industriales dependientes del ministerio de la Guerra existe la cantidad habitual de feriados de todas las f�bricas rusas: 88 por a�o. Nuestras leyes reconocen una cantidad casi igual de d�as feriados (87 por a�o). Por consiguiente, hasta ahora, el n�mero habitual de fiestas anuales ha sido hasta el presente igual para los obreros que para los dem�s ciudadanos. Nuestro "cristiano gobierno”, que vela por la salud de los obreros, excluy� de estos feriados habituales la cuarta parte, 22 d�as y dej� s�lo 66 feriados obligatorios. Enumeremos los feriados ordinarios excluidos de la nueva ley. Entre los fijos se aboli� los siguientes: 2 de febrero, Purificaci�n; 9 de mayo, San Nicol�s; 29 de junio, San Pedro; 8 de julio, Nuestra Se�ora de Kazan; 20 de julio, San Elias; 29 de agosto, San Juan Bautista; 14 de setiembre, la Exaltaci�n de la cruz; 1 de octubre, la Intercesi�n de la Virgen (el gobierno considera innecesaria y no obligatoria inclusive esta fiesta. Podemos estar seguros de que no habr� un solo fabricante que se decida a obligar a los obreros a trabajar ese d�a. Pero el gobierno, tambi�n en este caso, defiende los intereses y la rapacidad de los peores fabricantes); 21 de noviembre, Presentaci�n de la Virgen; 6 de diciembre, San Nicol�s. En total, suprimi� diez 285 fiestas fijas [285•* . Adem�s, de las fiestas movibles se excluy� el s�bado de carnaval [285•** y el mi�rcoles de la �ltima semana de Cuaresma, es decir, dos fiestas. Por lo tanto, se han suprimido 12 d�as del n�mero m�nimo de feriados que se conced�a hasta ahora a los obreros para descansar, de acuerdo con la costumbre establecida. Al gobierno le gusta mucho denominarse “cristiano”; al dirigirse a los obreros, los ministros y otros funcionarios endulzan sus discursos hablando del “amor cristiano" y los “sentimientos cristianos" de los fabricantes hacia los obreros, del gobierno hacia los obreros, etc. Pero en cuanto las frases deben ser sustituidas por los hechos, todas esas palabras hip�critas y santurronas se van al diablo, el gobierno se trasforma en un mercader y trata por todos los medios de arrancar cuanto puede a los obreros. Hace ya mucho que los propios fabricantes, es decir, los mejores de entre ellos, solicitaron la promulgaci�n de una ley que estableciera el descanso dominical y en d�as feriados. Despu�s de quince a�os de demoras el gobierno ha promulgado, por fin, implanta una ley de descanso obligatorio; pero al hacer esta concesi�n aprovecha la ocasi�n para oprimir m�s aun a los obreros, y excluye de los d�as feriados obligatorios la cuarta parte de las fiestas ordinarias. As�, pues, procede como verdadero usurero: al hacer una concesi�n, trata de recuperarla en cualquier otro terreno. Despu�s de esta ley es posible, y muy f�cil, que los patronos de algunas f�bricas intenten disminuir el n�mero de d�as de descanso de los obreros, traten de obligarlos a trabajar los d�as feriados que hasta ahora se respetaban, pero que la ley no incluye entre los obligatorios. Para impedir que empeore su situaci�n, tambi�n en este aspecto los obreros deben estar siempre dispuestos a resistir todo intento para que se disminuya el n�mero de feriados. La ley fija �nicamente las fiestas obligatorias; pero los obreros tienen derecho a exigir, adem�s de ellas, otras. Hay que conseguir que todas las fiestas sean incluidas en los reglamentos internos de las f�bricas y no confiar en promesas verbales. Los 286 obreros podr�n estar seguros de que no se los obligar� a trabajar un d�a de fiesta cuando ese feriado figure en el reglamento interno. En relaci�n con los semiferiados, la nueva ley intenta, lo mismo que en el caso de las fiestas, dejar las cosas como estaban e inclusive empeorarlas en parte. Fija un solo semiferiado (el de Nochebuena), en que el trabajo deber� cesar a m�s tardar a mediod�a. As� se ven�a haciendo hasta ahora en la mayor�a de las f�bricas; y si en alguna de ellas no se, hac�a as�, en la mayor�a de los casos se les compensaba con un semiferiado en v�speras de otra gran fiesta cualquiera. En general, en gran parte de las f�bricas exist�a ya un semiferiado al a�o. Adem�s, la ley limita a diez horas el trabajo de los s�bados y v�speras de fiestas, es decir, una hora y media menos que la jornada habitual. Tampoco en este aspecto ha mejorado la situaci�n de los obreros, y es posible que inclusive la haya empeorado: hasta ahora, en casi todas las f�bricas el trabajo terminaba los s�bados antes de la hora habitual. Un investigador que recopil� muchos datos sobre el particular y que, en general, conoce de cerca la vida fabril, ha afirmado: en conclusi�n, puede admitirse sin temor a equivocarse, que t�rmino medio, el trabajo termina los s�bados dos horas antes que de costumbre. Es decir, que la ley aprovecha la¡ ocasi�n tambi�n en este terreno, al trasformar el descanso habitual en obligatorio, para arrancar a los obreros media horita m�s a¡ cambio de esa concesi�n. Media horita por semana (tomando por t�rmino medio 46 semanas de trabajo) representa al a�o 23 horas, es decir, dos d�as de trabajo de m�s para el patrono... ¡No es mal regalo para nuestros pobres y necesitados fabricantes! Podemos estar seguros de que estos caballeros de la bolsa de oro aceptar�n tambi�n ese regalo sin avergonzarse y har�n todos los esfuerzos necesarios para resarcirse as� de los “ sacrificios" (como les gusta decir) que les impone la nueva ley. Por consiguiente, los obreros s�lo podr�n confiar en s� mismos, en la fuerza de su uni�n. Sin una lucha tenaz, la clase obrera no podr� esperar, tampoco en este sentido, un mejoramiento, de su situaci�n, a pesar de la nueva ley.
Notes
[285•*] Hemos enumerado �nicamente los d�as feriados que se celebraban hasta ahora en todas las f�bricas. Hay, ademas, otras muchas fiestas comunes para la inmensa mayor�a de las f�bricas, como por ejemplo los d�as de vigilia de la Cuaresma, el viernes de carnaval, el jueves, viernes y s�bado de la Semana de Pascuas, y otras muchas.
[285•**] Fiesta que duraba una semana y con la que los campesinos eslavos desped�an en la antig�edad al invierno y saludaban la llegada de la primavera. (Ed.)